Como remate a los
post publicados el pasado 24 de abril y el 14 de julio 2017, redactamos esta
última nota como recordatorio, con la finalidad de que el Ayuntamiento de
Bermeo no vuelva a tropezar de nuevo otra vez, con la misma piedra. Es nuestro
deseo y su responsabilidad.
Resumen cronológico:
1de Agosto de 2016 el trabajador de la empresa BERMEO
INFORMATIKA SL con nombre comercial BIT A BIT, que viene prestando sus servicios
en dependencias municipales con la categoría de auxiliar informático, presenta
reclamación previa en el Ayuntamiento de Bermeo para reconocimiento de derecho como
Trabajador laboral indefinido no fijo de plantilla ante una situación de Cesión
ilegal de trabajador por infracción del art. 43 del Estatuto de los
Trabajadores.
Ese mismo mes, el
Ayuntamiento da por finalizado el contrato con la referida empresa.
17 de Octubre de 2016 la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento
de Bermeo mediante acuerdo nº 26 decide “remunicipalizar” el servicio de
asistencia informática que venía contratando con la empresa BERMEO INFORMATIKA
SL, así como la utilización de una bolsa de trabajo del Instituto Vasco de
Administraciones Públicas (IVAP) para la cobertura temporal de una plaza de
auxiliar informático. Por ello, se debía entender así desestimada la pretensión
del trabajador.
04 de Noviembre de 2016 mediante Decreto de Alcaldía nº 927
se acuerda la contratación y nombramiento de un trabajador para cubrir
temporalmente el puesto de auxiliar informático.
10 de Enero de 2017 mediante Decreto de Alcaldía nº 16,
se acuerda el nombramiento de la representación legal del Ayuntamiento,
abogados y procuradores, en este asunto.
11 de Abril de 2017 el Juzgado de lo social nº1 de
Bilbao, mediante sentencia nº 121/2017 declara la existencia de Cesión ilegal
de trabajador y reconoce la condición de trabajador laboral indefinido no fijo
en plantilla en el Ayuntamiento de Bermeo.
El Ayuntamiento
recurre la sentencia en relación a la fecha de antigüedad reconocida al
trabajador.
04 de Julio de 2017 el Tribunal Superior de Justicia
del País Vasco desestima mediante sentencia nº 1566/2017, el recurso municipal
interpuesto contra la sentencia de 11 de Abril. La Sentencia es firme. La
cesión ilegal es inapelable.
16 de Octubre de 2017 el trabajador se ha reincorporado a
su puesto de trabajo como auxiliar informático de plantilla en la condición de
Laboral indefinido no fijo.
Resumen de las consecuencias:
-
El trabajador ha pasado más de un año sufriendo una
situación que ciertamente podía haberse evitado.
-
El coste económico de esta operación llevada a cabo por
el Ayuntamiento de Bermeo, según nuestra
estimación, ha ascendido a alrededor de 64.000,00€ que corresponderían a los gastos
de la contratación de abogados y procuradores, así como gastos por los recursos
y las costas generadas al perder los juicios. Tambien, los gastos en sueldos y
salarios y de seguridad social duplicados al contratar a un trabajador sustituto
durante el proceso judicial, así como a los salarios de tramitación que hubiera
de recibir el trabajador ahora readmitido.
-
Se ha perdido un año entero en el necesario proceso de
regularización y provisión del puesto a través de las Ofertas de Empleo
Públicas requeridas.
Ante la
evidencia, nos reiteramos en lo dicho: El Ayuntamiento de Bermeo deberá revisar
su política en temas laborales.
Requerimos al
equipo de Gobierno municipal para que depure responsabilidades en las
decisiones que han derivado en un daño económico innecesario para las arcas
municipales, a costa de todos los Bermeanos.
En Bermeo a 30 de
octubre de 2017
Sección Sindical
de ELA en el Ayuntamiento de Bermeo.