2019/02/15

LA INSPECCION DE TRABAJO DE BIZKAIA ABRE ACTA DE INFRACCION LABORAL AL PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL DE BERMEO.

Con fecha 30 de noviembre de 2018 la inspección de trabajo de Bizkaia ha remitido informe sobre la contratación laboral en el patronato de bienestar social de Bermeo en respuesta a la denuncia presentada por el sindicato ELA en abril del 2017.

El extenso informe de un total de 26 páginas hace referencia a 78 de los cerca de 100 trabajadores existentes y procede a extender acta de infracción al patronato de bienestar social de Bermeo por dos cuestiones; el abuso continuado de la contratación temporal en puestos de trabajo estructurales por un lado y por otro el haber mantenido como temporales a las trabajadoras declaradas en cesión ilegal en 2009 y que tras una década continúan en situación irregular.

El informe engloba a los trabajadores según el tipo de contrato temporal y la situación concreta de cada uno, incluyendo los trabajadores declarados indefinidos no fijos tras destapar este sindicato, la cesión ilegal de 17 trabajadoras de atención directa en la Residencia Municipal Sancti Spiritus en el año 2009.

Y de nuevo, nos han dado la razón.

Tal y como refleja el informe, la Inspección de Trabajo procede a abrir acta de infracción en el orden laboral y social en base a:

Infracción grave en materia de contratación laboral con criterio de agravación por el número de trabajadores afectados y perjuicio causado a los mismos.

Infracción grave por establecer condiciones inferiores a los trabajadores, con criterio de agravación por el número de trabajadores afectados y perjuicio causado a los mismos.

De nuevo otra vez el tiempo ha puesto a cada uno en su sitio.

Antecedentes:

Año 2007: el Patronato Municipal a cargo del Gobierno del PNV suscribe con la empresa EULEN una contrata para el servicio parcial de atención directa a los residentes de la Residencia Municipal Sancti Spiritus de Bermeo.

Año 2009: ELA denuncia la precaria situación de las trabajadoras ante la Inspección de trabajo y esta abre acta de infracción al Patronato, y por sentencia judicial ratificada por el TSJPV, se declara la cesión ilegal de 17 trabajadoras auxiliares de atención directa en la residencia municipal Sancti Spiritus.

Año 2010: el Patronato Municipal que dirige la residencia asume a las 17 trabajadoras como propias y aumenta su plantilla hasta un total de 35 trabajadoras, la mayoría a jornada reducida. Esta situación continúa hasta la fecha.

Año 2011: el Patronato Municipal aprueba y publica en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB) la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) con un total de 29 plaza de auxiliar de atención directa desoyendo a este sindicato en sus advertencias del deber de incluir todas las plazas estructurales, es decir 35, tantas como trabajadoras. La RPT es recurrida por ELA con sentencia favorable del TSJPV en 2014 que la declara nula por falta de negociación.

Año 2014: el Patronato Municipal bajo el gobierno de la coalición BILDU publica la RPT 2014 de nuevo con 29 plazas de auxiliar y al tiempo, y sin ninguna intención negocial presenta en la Mesa de Negociación la RPT 2011 declarada nula sin modificaciones, y desoyendo de nuevo a este sindicato la aprueba y publica junto con la anterior en el BOB, de nuevo con 29 plazas.

Año 2015: ELA inicia su estudio de la totalidad de la plantilla de trabajadores y su situación contractual en el Patronato Municipal de Bienestar Social de Bermeo. El estudio afecta a los cerca de 100 trabajadores.

Año 2016: ELA presenta el resultado de su estudio en la Mesa de negociación, concluyendo que la gran mayoría de la contratación está registrada como temporal aún cuando se han rebasado los límites legales de temporalidad establecidos en la Ley que aprueba Estatuto de los Trabajadores, y que por tanto, siendo plazas estructurales deben estar recogidas en la RPT en su totalidad, para a continuación ser incluidas en la Oferta de Empleo Público (OEP) para su cobertura en fijeza. Nuestro objetivo, reducir la interinidad en el Patronato al 6% y que se encuentra en niveles del 90% contraviniendo el convenio laboral vigente.

Año 2017: el Patronato Municipal bajo el gobierno de EHBildu de nuevo desoyendo a este sindicato, aprueba y publica en el BOB la RPT 2017 con 29 plazas de auxiliar de atención directa. ELA presenta recurso ante el TSJPV cuya vista tendrá lugar este año 2019. Al tiempo ELA presenta denuncia ante la Inspección de trabajo por infracción continuada en la contratación laboral, ante la falta de interés del Gobierno Municipal de dar solución al problema, al que responde de modo puntual y no global, corrigiendo solo algunas situaciones puntuales creando agravios comparativos entre los trabajadores. A partir de esa fecha existen una interminable lista de sentencias favorables a los trabajadores, declarándolos indefinidos no fijos hasta cobertura de vacante. Vacante que necesariamente debe existir en la RPT.

Año 2018: la inspección de trabajo notifica en diciembre el actual informe proponiendo dos actas de infracción contra el Patronato Municipal, motivo de esta nota informativa. Y de nuevo nos han dado la razón.

Conclusiones:
Este informe viene a darnos la razón en todos y cada uno de los puntos que desde ELA venimos incidiendo en las Mesas de Negociación y que han sido desoídas una y otra vez por la parte institucional desde el año 2007.

Se confirma el carácter estructural de la política de contratación laboral fraudulenta llevada a cabo por el Patronato municipal, que deja al descubierto la mala gestión de los recursos humanos en dicha entidad.

Se ha dado el primer paso en el objetivo de dar estabilidad en el empleo reduciendo la descontrolada tasa de interinidad del 90% en el Patronato. Siguiente paso, la reestructuración de la RPT con inclusión de todas las plazas estructurales y la publicación de las OEPs para su cobertura en fijeza.

Más allá de la responsabilidad política o la falta de ella, se ha constatado que el problema es técnico y no político, al haber abarcado legislaturas de distintos colores políticos pero siempre con la misma dirección y asesoramiento técnico cuya actuación de nuevo se ha demostrado fraudulenta, así en la cesión ilegal,  así en el abuso de la contratación temporal.

Gracias al estudio de la contratación realizado por los delegados de ELA en el Ayto Bermeo y sus Organismos Autónomos que abarcó más de 8 meses de análisis en 2015 ha sido posible llegar hasta aquí. Gracias a todos los afiliados por la inestimable aportación de información sin la que hubiera sido imposible finalizar el estudio.

Desde ELA seguiremos en esta línea en la mejor defensa de los trabajadores.
Seguiremos informando.
ELA zure babesik sendoena.

2018/05/18

LANPOSTUEN BALORAZIOA BERMEOKO UDALA ETA BERE EEAA

INFORMAZIO OHARRA

GAIA: BERMEOKO UDALEKO ETA BERE ERAKUNDE AUTONOMOETAKO  LANPOSTUEN BALORAZIOA.

Dakizuenez, 2004.urtetik daroagu Bermeoko Udaleko instituzioetan Lanpostuen Balorazioaren beharrizana. Horretarako zenbait katalogazio prozesu bideratu dira aurretiz, 2009 eta 2015ean, azken hau 2017an burututa, eta jarraian Lanpostuaren Balorazioarekin hasi zan Udalean.

Hasi zan diñogu!, ze hasiera batean balorazio partehartzailea izango zana, inposaketan bihurtu da; Udalak ATTEST enpresari erositako produktuaren inposaketa.

Udalak, Balorazioa bere kabuz burutzea erabaki dau, sindikatu barik eta horrela ihardun da momento honetan.

ELA sindikatutik, “convidado de piedra” moduan joatekotan ez garela joango erabaki dogu. Langileen interesak defendatzea ez dator ikusle modura egotetik.

Gure aldetik, Udalari ATTEST enpresari erostitako produktua lehenbailehen aplikatzea eta langile guztiei errekurtsoak aurkezteko aukera emoteko eskatu dogu, atzerapen barik. Horra mugatu da langileen partehartzea. Beraz, Udal langilegoari informatzen deutsagu, balorazioa bere aurrikuspenak betetzen ez badauz, partehartzaile horreengana joan behar dabela azalpenak eskatzen, ta ez gugana.

Prozesu honekin batera, ELAk eta LABek agiri bat aurkeztu genuen Negoziazio Mahaian, Lanpostuaren Balorazio egin aurretik gitxiengo batzuk bermatzeko. Horreri guztiari muzin egin deutso Udalak eta martxoaren 22ko aktan agertu bezala, langieen intereseko gai guztiak mahai gainean utzi dauz Negoziazio Mahaiko Presidenteak.

Hori horrela, Udal langilego guztiari informatu behar deutsagu, besteak beste:

-          Balorazioak bardin gorantz zein beheratz.ez dago mugarik, ezta gitxiengorik ere, eta eroste ahalmenaren galera ekarri leiko langilegoari. Mahai gainean.
-          Udalhitz lan hitzarmeneko Soldata taulako mailarik ez da ezarriko, arau hori urratuz berriro ere.
-          Administrazio Elektroniko prozesuarekin, lanpostu askoren funtzino fitxak zaharkituta geratu dira dagoeneko, baina ez da holakorik kontutan izango.
-          Udalak oraindik ez dau ezelako dirukopururik zuzendu balorazioaren emaitzari aurre egiteko; 2018ko udal aurrekontuetan egoana -oso eskasa zana bestalde- hori ere ez zan onartu Osoko Bilkurean eta Aurrekontu prorrogatuan ez egoan txakur txiki bakar bat ere aurrikusita 2017an. Oraindik honetaz daturik ez dabe eroan Negoziazio Mahaira nahiz eta galdetu martxoaren 2ko batzarrean ere. Kontrasteko datua: Gernikako Udalak aurton amaitutako baloraziorako, Bermeoko Udalak aurrikusitakoa baino bikoitza zuzendu eban diruetan, langile kopuru murritzagoa izanik.

Laburbilduz, udal langileen interesei erantzungo deutson ezer ez dago Lanpostuen Balorazio honetan ez bada, langieen interesen kontrako efektua bideratzeko.
Bermeon, 2018ko maiatzean
Informatzen jarraituko dogu.

ELA SINDIKATUA

UDALHITZ LAN HITZARMENA 2008-2010 BETETZEKO, JARRAIPEN BATZORDEA IREKITZEA

INFORMAZIO OHARRA

GAIA:UDALHITZ LAN HITZARMENA 2008-2010 BETETZEKO, JARRAIPEN BATZORDEA IREKITZEA EDO NEGOZIAZIO MAHAIRA EROATEKO, EUDEL-EK EGINDAKO ERREKERIMENDUA (Apirilak 2018).

Dakizuenez, UDALHITZ 2008-2010 LAN HITZARMENA oraindik betetu barik dago, arlo askotan. Hori dala eta, EUDELek EAEko udal eta foru administrazioei, akordio horren jarraipeneko batzordea zabaltzeko eskatu deutse pasa dan hilean, besteak beste, ondorengo gaiak betetzeko:

-          Interinitatea 6% ra murrizteko neurriak.(art.168)
-          Eroste ahalmenaren berreskuratzea 2010-Urtarrileko soldata taulak berreskuratuz.
-          Lanaldia (art.12)
-          Oporrak (art.28)
-          Asunto partikularretako lizentziak (art. 60)
-          Berdintasun Planak (art.127)
-          Euskalduntze Planak (art.164)
-          Elkarkidetza aportazioak.

Hori horrela, pasa dan maiatzaren 3ko Negoziazio Mahaian gai honeek mahaigaineratzeko eskatu genuen eta maiatzaren 16ko 5588 data eta sarrera erregistrodun agiri bidez, barriro idatziz ere.

-          Bermeon, Interinitatea ondorengo mailetan dago: Udala %54, GOUP-en %83, KIROL P-en %72.
-          Bermeon, Eroste ahalmenaren berreskurapenarena aldarrikapen ezaguna da eta egoki ikusten dogu 2010eko Urtarrileko soldata taulak berreskuratzeari. Izatez, lanpostuen balorazioko oinarri eguneratua izan behar dala uste dogu. Udalak berriz gaia mahai gainean utzi dau aurreko batzarrean, akta zuzenketa eskatu ondoren 2018-05-03ko sesioan.
-          Bermeon, Lanaldia egokituta dago, baina arazoak izan dira hiru egutegiekin udalean eta beste batetan behintzat -Erresidentziako harreta zuzeneko zerbitzuan- txandekin etabar ere arazoak dagoz. Azken hau Lan inspekzioko errekerimendua ere badauka ihazko maiatzeko dataz eta oraindik zuzendu barik dago.
-          Oporrak: egokitu beharra dagoz TREBEP ean zehaztutako aintzinatasunagaitiko oporrak etabar egokituz.
-          Asunto Partikularretako lizentziak, egokitu beharra dagoz TREBEP ean zehaztutako moduetara.
-          Bermeon, Elkarkidetzako 2013.urteko aportazio instituzionala dago egiteke oraindik.

Honeri guztiari, 2018-2020 eperako Madrildik datozen soldata igoerak eta interinitatea murrizteko neurriekin lotura zuzena daukie batez ere LPGE 2018an barneratuta geratuko bai dira (ikusi BOE 2018-03-26 Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo)

Hurrengo Negoziazio Mahaiarako gaizerrendan guzti hau sartu eta mahaigaineratzea espero dogu Udalaren aldetik.

Informatzen jarraituko dogu.
ELA SINDIKATUA


FALSEDADES SOBRE ELA

NOTA INFORMATIVA:

Mediante la publicación del acta nº5 de la Junta Rectora del Patronato de Bienestar Social de Bermeo de fecha 11-04-2018, hemos conocido que en el punto 2º del orden del día, -pag.5 del acta, último párrafo-, gratuitamente y faltando a la verdad, el Sr. J.Ramon Alberdi, en calidad de Gerente del Patronato de Bienestar Social de Bermeo, acusa al sindicato ELA de obstaculizar la convocatoria de Ofertas de Empleo Público en relación al servicio de atención directa en la Residencia Sancti Spiritus de Bermeo.

Esta acusación en apariencia inofensiva, conlleva una excusa para esconder la inoperancia de la institución para reducir sus tasas de interinidad laboral que son superiores al 90% de la plantilla, incumpliendo sistemáticamente los convenios laborales que la limitan al 6%.

No es la primera vez que desde el Patronato, se utilizan estos argumentos faltando a la verdad. Para comprenderlo hay que conocer los antecedentes, para concluir que estamos ante un ataque sistemático contra ELA motivado por razones personales  muy alejadas del interés general sobre el que debería basar su actividad tanto este Directivo así como sus responsables políticos al servicio de una administración pública como es Patronato Municipal de Bienestar Social de Bermeo –Gizarte Ongizate Udal Patronatoa (en adelante GOUP)-.

Decimos que falta a la verdad cuando el hecho de presentar un recurso legal contra lo que ELA entiende como un acto discriminatorio sin cobertura legal y contrario al interés general, él lo considera “obstaculizar” el proceso de Oferta de Empleo Público (en adelante OEP). Y nos dieron la razón: ELA recurrió la Relación de Puestos de Trabajo (en adelante RPT) 2011 publicada en el BOB nº65 el 4 de abril de ese año, que fue declarada NULA de pleno Derecho por el TSJPV. Y de aquellos barros estos lodos.

Para más abundamiento, no hay más que tirar de la más reciente hemeroteca para demostrar la férrea defensa de los servicios públicos que viene haciéndose desde el sindicato ELA, mediante la reclamación de Ofertas de Empleo Publicas suficientes.
Y es que cae por su peso; No está en manos de la parte sindical ni convocar ni paralizar Ofertas de Empleo y no es del interés de los trabajadores obstaculizarlas, pero sí reclamar igualdad de trato y no discriminación para los concursantes en dichos procesos. Justamente de lo que adolece la RPT y la OPE del año 2011.

Desde el sindicato ELA, en el más estricto respeto a la normativa aplicable, seguiremos denunciando este tipo de actuaciones de la Gerencia del GOUP,  mientras continúen insistiendo en discriminar y castigar a estas trabajadoras por el hecho de haber denunciado una situación de explotación y abuso. Fueron discriminadas entonces, y a día de hoy continuan discriminadas.

Instamos al GOUP, a su Gerente,  que  abandone actuaciones y declaraciones de este tipo y se pongan manos a la obra en el cumplimiento del Convenio Laboral de aplicación en relación a las tasas de interinidad, las antigüedades, a las jornadas y los turnos rotatorios, a los contratos laborales, a las RPT y OEPs no discriminatorias y se abstengan de realizar este tipo de afirmaciones encuadradas en tácticas de acoso sindical y laboral por sistemáticas, continuadas en el tiempo y discriminatorias en el trato.

Instamos a su Presidente Sr. Benito Ibarrolaza para que de una vez por todas tome medidas, que eliminen las actuaciones y declaraciones enunciadas, que solucionen este tema tras casi una década de inactividad.

Una falsedad no se convierte en realidad por mucho que se repita. A los hechos nos remitimos; Antecedentes:

            El Gobierno Vasco a través del Departamento de Empleo y Asuntos sociales denuncia al GOUP y a la empresa EULEN SOCIOSANITARIO SL por CESION ILEGAL de 17 trabajadoras del servicio de atención directa en la residencia municipal Sancti Spiritus. Primera Sentencia condenatoria (nº526/09 de 07-12-2009) y posterior recurso ante el TSJPV (Roj: STSJ PV 6010/2010; Rec nº1336/2010) en el cual se condena al GOUP al pago costas y la admisión como trabajadores laborales indefinidos no fijos hasta la cobertura de plaza de esos 17 trabajadores. Costas, multas administrativas etc todo a cargo del erario público.

            Notas de Prensa, aparecidas en los medios de comunicación Correo e Hitza, el miércoles día 27 de marzo de 2010, en las que la entonces Tte. Alcalde del PNV en el Ayuntamiento de Bermeo acusa al Sindicato ELA de “mentir” en relación al conflicto laboral de la residencia Sancti Spiritus, el entonces Responsable Comarcal de la Central Sindical ELA, publicó una nota de prensa desmontando tales falsedades.
En resumen, quedó demostrado que el GOUP, de cuya gestión es directamente responsable su Gerencia, se aprovechaba de una subcontrata para ahorrar costes a costa de precarizar las condiciones de trabajo de las auxiliares de atención directa en la residencia, y así quedó dictaminado en sede judicial.

            El Ayuntamiento de Bermeo publicó la Relación de Puestos de Trabajo en 2011 para 29 plazas en el servicio de atención directa en el GOUP, cuando en realidad disponía de 35 trabajadoras (17 en cesión ilegal indirectamente contratadas y 18 directamente contratadas). A continuación como está legalmente establecido, el GOUP convocó Oferta de Empleo Público (en adelante OEP) para 17 plazas, en lugar de hacerlo para 21 plazas, generando una discriminación clara ya que no se planteaban tantas plazas estructurales como trabajadoras había.
ELA recurrió tal decisión y que  fue declarada NULA DE PLENO DERECHO en sentencia del TSJPV el 08-07-2014 (Roj: STSJ PV 2527/2014; Nº de Recurso: 1040/2011)

            A partir del 2009 El GOUP con su Gerente a la cabeza, discrimina a las trabajadoras denunciantes; no les reconoce la antigüedad debida en nómina; no les reconoce la condición de indefinida ante la Seguridad Social. No realiza una reorganización del servicio incumpliendo lo relativo a jornadas y calendarios rotatorios de trabajo, tal y como se recoge en el Requerimiento de la Inspección de Trabajo nº ref NT0033 y fechada el 20 de marzo de 2017. Más de un año después, continúa sin cumplir dicho requerimiento.

 A día de hoy este tema continúa coleando y en relación con los contratos del GOUP, se encuentra a  la espera de resolución de la Inspección de Trabajo.

En Bermeo a 16 de Mayo de 2018

ELA SINDIKATUA

2017/11/16

PRIMERA SENTENCIA EN LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA CAPV: SE RECONOCE DERECHO A LA INDEMNIZACION DE UN FUNCIONARIO INTERINO

https://drive.google.com/open?id=1YzLkkQNd45VUDcJoz6CHHQtnShnqAIp-

PRIMERA SENTENCIA EN LA ADMINISTRACION LOCAL DE LA CAPV: SE RECONOCE DERECHO A LA INDEMNIZACION DE UN FUNCIONARIO INTERINO
Presentado recurso contencioso administrativo contra la Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Bermeo y sus Organismos Autónomos.

Tal y como veníamos anunciando, el pasado viernes 10 de noviembre, ELA ha presentado recurso contencioso contra los acuerdos plenarios de aprobación de las RPTs aprobados el pasado 8 de marzo 2017 con los votos a favor de EH Bildu y Guzan, así como contra su publicación en el Boletín oficial de Bizkaia del pasado 31 de mayo de 2017.

Tras el rechazo de los recursos de reposición presentados ante el Pleno municipal, las razones para recurrir estos acuerdos son:

- incumplimiento de la normativa aplicable, al no incluir todos los puestos y plazas estructurales.
- inexistencia de valoracion y falta de atribución de nivel retributivo a cada puesto, de acuerdo con el convenio aplicable, a todos los puestos publicados en RPT.
- inexistencia de codificación de los puestos y plazas publicados.

La no inclusión de los puestos estructurales en RPT, conlleva la eternalización de la temporalidad e impide cualquier proceso de estabilización mediante ofertas de empleo y reducir así la interinidad por debajo del 8% recogido en convenio.

Nos reiteramos en que el incumplimiento de la normativa y del convenio de aplicación en esta materia es imperativa y no está sujeta a la voluntad del partido político de turno, tal y como postula EH Bildu en Bermeo.

Requerimos a la Alcaldía para que, como responsable en esta materia, recapacite.

2017/10/30

HISTORIA DE OTRA CESION ILEGAL MAS, EN EL AYUNTAMIENTO DE BERMEO.



Como remate a los post publicados el pasado 24 de abril y el 14 de julio 2017, redactamos esta última nota como recordatorio, con la finalidad de que el Ayuntamiento de Bermeo no vuelva a tropezar de nuevo otra vez, con la misma piedra. Es nuestro deseo y su responsabilidad.

Resumen cronológico:

1de Agosto de 2016 el trabajador de la empresa BERMEO INFORMATIKA SL con nombre comercial BIT A BIT, que viene prestando sus servicios en dependencias municipales con la categoría de auxiliar informático, presenta reclamación previa en el Ayuntamiento de Bermeo para reconocimiento de derecho como Trabajador laboral indefinido no fijo de plantilla ante una situación de Cesión ilegal de trabajador por infracción del art. 43 del Estatuto de los Trabajadores.
Ese mismo mes, el Ayuntamiento da por finalizado el contrato con la referida empresa.

17 de Octubre de 2016 la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Bermeo mediante acuerdo nº 26 decide “remunicipalizar” el servicio de asistencia informática que venía contratando con la empresa BERMEO INFORMATIKA SL, así como la utilización de una bolsa de trabajo del Instituto Vasco de Administraciones Públicas (IVAP) para la cobertura temporal de una plaza de auxiliar informático. Por ello, se debía entender así desestimada la pretensión del trabajador.

04 de Noviembre de 2016 mediante Decreto de Alcaldía nº 927 se acuerda la contratación y nombramiento de un trabajador para cubrir temporalmente el puesto de auxiliar informático.

10 de Enero de 2017 mediante Decreto de Alcaldía nº 16, se acuerda el nombramiento de la representación legal del Ayuntamiento, abogados y procuradores, en este asunto.

11 de Abril de 2017 el Juzgado de lo social nº1 de Bilbao, mediante sentencia nº 121/2017 declara la existencia de Cesión ilegal de trabajador y reconoce la condición de trabajador laboral indefinido no fijo en plantilla en el Ayuntamiento de Bermeo.
El Ayuntamiento recurre la sentencia en relación a la fecha de antigüedad reconocida al trabajador.

04 de Julio de 2017 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestima mediante sentencia nº 1566/2017, el recurso municipal interpuesto contra la sentencia de 11 de Abril. La Sentencia es firme. La cesión ilegal es inapelable. 


16 de Octubre de 2017 el trabajador se ha reincorporado a su puesto de trabajo como auxiliar informático de plantilla en la condición de Laboral indefinido no fijo.


Resumen de las consecuencias:

-       El trabajador ha pasado más de un año sufriendo una situación que ciertamente podía haberse evitado.

-       El coste económico de esta operación llevada a cabo por el  Ayuntamiento de Bermeo, según nuestra estimación, ha ascendido a alrededor de  64.000,00€ que corresponderían a los gastos de la contratación de abogados y procuradores, así como gastos por los recursos y las costas generadas al perder los juicios. Tambien, los gastos en sueldos y salarios y de seguridad social duplicados al contratar a un trabajador sustituto durante el proceso judicial, así como a los salarios de tramitación que hubiera de recibir el trabajador ahora readmitido.

-       Se ha perdido un año entero en el necesario proceso de regularización y provisión del puesto a través de las Ofertas de Empleo Públicas requeridas.

Ante la evidencia, nos reiteramos en lo dicho: El Ayuntamiento de Bermeo deberá revisar su política en temas laborales.

Requerimos al equipo de Gobierno municipal para que depure responsabilidades en las decisiones que han derivado en un daño económico innecesario para las arcas municipales, a costa de todos los Bermeanos.

En Bermeo a 30 de octubre de 2017
Sección Sindical de ELA en el Ayuntamiento de Bermeo.


2017/07/24

EH-BILDUko zinegotzia dan JC Agirre jaunaren adierazpenak dirala eta,

Bermeoko Udaleko Osoko Bilkurak uztailaren 20ko sesioan ELA sindikatuak RPT-ei aurkeztutako birjarpen errekurtsoa aztertu zuen. Horretaz, 2017ko uztailaren 23an Juan Carlos Agirre zinegotziak, bere udal taldearen izenean zera adierazi zuen Negoziazio Mahaia hasi baino lehen:

ELA sindikatuak “Relación de Puestos de Trabajo” RPT-ei aurkeztutako errekurtsoak Udal Osoko Bilkurean aztertu zirala adierazteko. Horrekin batera honako hauek ere adierazi zituen laburbilduz:

- Ez dabe bat egiten (EH-BILDUk) sindikatuak (ELAk) daukan estrategiarekin: proposamen bat egiten dabe eta ez badau urteten, errekurtsoa egiten eta kontentziosora joateko,

- Ez dabe ikusten ezertan laguntzen dauanik udaleko langileen iragarki taulan jartzea holako ohar mehatsugile eta iraingarriak ez dabela laguntzen eta gitxiago langileei kontatzen joatea,

- Ez dogu pentsaten egokia danik guzti hau judizializatzea; negoziazio mahai ez balitzake egongo martxan ados, baina mahaia martxan egonda ez dabela ulertzen estrategia hori.

- Orduan, barriro diñoe edozein gauza berba egiteko telefonoak eta irekita dagozala, eta horrela jarraitzen dabela diño.

Hau ikusita ulertzen dugu Udal Zinegotzi eta Udal talde batzuek ez ulertzea hainbat gauza, eta horiek argitzeko konplexurik ez ditugu:
-       Legea betetzearen eginbeharra dute, erantzukizuna eurena da, eta hori ez da negoziagarria;
-       “vale todo” iharduerak zuzentzeko arbitroak daude, epaileak.
-       Sindikatuek langileei informatu beharra dute, eskubidea bakarrik ez da: eginbeharra da transparentziagaitik, eta guk ez diogu horri uko egingo.
-  Gure sindikatuaren ohar informatiboetaz hitzegiteko gure telefonoak irekita daude, baita aparteko batzarrak burutzeko ere, Negoziazio mahaia bere eginbeharretarako zuzenduz, indargabetu beharrean.

Denak pixuzko azalpenak, eta oinarrizko eskubideak demokrazian. 

Agirre jauna atentzioa desbideratzen aritu da, estrukturako lanpostuak zergaitik sortzen ez dituzten Lanpostuen Zerrendetan (RPTetan) adierazi beharrean, hori ez egitea legearen kontrakoa da hain zuzen. Nahiago izan du ELAren ohar informatiboetaz aritu. Udal Osoko Bilkurak gehiengoz, gai hau judializatzea erabaki duela agertu digu. Eta duda barik informatuko dugu errekurtsoaren emaitzataz. Erantzukizuna onartuko ote dute hartutako erabakiekin?. 

Gure informazioa mehatsugilea eta iraingarria dela diñonean, ez dugu bat egiten afirmazio horrekin, guztiz subjetiboa dalako. Horren erakusgarri: mehatsuak eta irainak zertzuk diran kode penalera jo beharra dago (art. 169tik 161ra eta 208tik 210era)  eta horretan ELA sindikatuko ordezkariak eta sekzio sindikala ez dira sartu. Adierazpen oso larriak eta fundamentu eta objetibotasun gabeko afirmazioak beraz, arbuiatu eta salatu behar doguzanak.

Amaitzeko, Agirre jaunari eta Udal taldeei adierazi nahi diegu berriro ere,  Negoziazio Mahaia udal langileen interesekoak diran gaietaz hitzegiteko dirala; fede onez negoziatzeko eta gu horretan jarraituko dugu orain arte bezala. Tratu bera espero dugu Bermeoko Udaleko ordezkariengandik. Gure telefonoak irekita daude.

ELA sindikatuak, langileen interesak eta eskubideak defendatzeko bide guztiak erabiliko ditu. Informatzen jarraituko dugu.

Bermeon, 2017ko uztailaren 24an.

2017/07/19

Epaitegiek behin-behineko funtzionario bati kontratua amaieragatik 20 eguneko kalte-ordaina ematera behartu dute administrazioa

Epaitegiek behin-behineko funtzionario bati kontratua amaieragatik 20 eguneko kalte-ordaina ematera behartu dute administrazioa

ELAk Nafarroako Gobernua, Eusko Jaurlaritza eta udal eta foru administrazioei eskatzen die behin-behineko funtzionarioei izan dituzten kontratuen amaieragatik 20 eguneko kalte-ordaina eman diezaietela eta euskal administrazioaren gehiegizko behin-behinekotasunari konponbidea jar diezaiotela.

 Atzo argitara eman zen behin-behineko funtzionario bati kontratu amaieragatik administrazio publikoa lan-legepeko langileen kontratu amaieragatiko kalte-ordain bera ematera behartzen zuen lehen epaia, lan eginiko urte bakoitzeko 20 eguneko kalteordaina, alegia. Europar Batasuneko Justizia Epaitegiaren azken urteko epai eta irizpideei jarraituz, A Coruñako 2. Administrazioarekiko Auzi Epaitegiak arrazoia ematen dio behinbehineko kontratua izan zuen irakasle funtzionario bati kontratu amaitzerakoan administrazio publikoak inolako kalte ordainik eman ez diolako egin duen helegitean. 

ELAk jada, administrazio publikoaren sektore ezberdinetan, 1.500 erreklamaziotik gora aurkeztu ditu kontratu amaieragatik 20 eguneko kalte-ordainak eskatuz eta egiturazko lanpostuak betetzeko administrazioak urteetan zehar edota bata-bestearen atzetik egiten dituen iruzurreko behin-behineko kontratuak egonkortzea erreklamatuz.

Epai honen argitan, sindikatuak euskal administrazio guztiei, Nafarroako Gobernuari, Eusko Jaurlaritzari, udalei eta Foru Aldundiei eskatzen die behin-behineko kontratua izan duten lan-legepeko langile nahiz funtzionarioei kontratu bakoitzaren amaieragatik dagokien 20 eguneko kalte-ordaina eman diezaietela.

ELAk euskal administrazioetan dagoen %30etik gorako behin-behinekotasunari lehenbailehen konponbidea jar diezaiotela eskatzen die gobernu ezberdinei. Izan ere, administrazioak behin-behineko kontratazioa modu sistematiko eta iruzurtian erabiltzen du egiturazko lanpostuak urteetan zehar betetzeko, batzuetan gainera bata-bestearen atzetik behin-behineko kontratuak errepikatuz, lan-baldintzen eta zerbitzu publikoaren kaltetan.

Gobernuek neurri hauek hartzen ez dituzten heinean egoera hauetan aurkitzen diren langileei dei egiten diegu dagokien erreklamazio eta helegiteak aurkeztera eta jada sektore ezberdinetan abian ditugun mobilizazioetan parte hartzera. 

Euskal Herrian, 2017ko uztailaren 11an.


Los tribunales obligan a la administración a indemnizar con 20 días la finalización de contrato de un funcionario temporal


ELA exige al Gobierno de Navarra, al Gobierno Vasco, a los ayuntamientos y a las diputaciones que indemnicen con 20 días al personal funcionario temporal por cada fin de contrato, y que solucionen definitivamente la enorme temporalidad de la administración vasca

Ayer se publicó la primera sentencia que obliga a la administración pública a pagar la misma indemnización -20 días por año trabajado- al personal funcionario temporal que al personal laboral temporal. Siguiendo las resoluciones y criterios establecidos este último año por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el Tribunal Contencioso-Administrativo n.º2 de A Coruña ha dado la razón a un profesor funcionario temporal, que había presentado recurso contra la decisión de la administración pública de no pagarle indemnización alguna a la finalización de su contrato.

ELA ha presentado ya en diversos sectores de la administración pública más de 1.500 reclamaciones solicitando la indemnización de 20 días por año trabajado a la finalización de contratos temporales y exigiendo la estabilización de los contratos temporales fraudulentos que la administración prolonga durante años o realiza de manera sucesiva a lo largo de muchos años para la cobertura de puestos estructurales.

Ante esta sentencia, ELA emplaza a todas las administraciones vascas -Gobierno de Navarra, Gobierno Vasco, ayuntamientos y diputaciones forales- a indemnizar con 20 días la finalización de cada contrato realizado, ya sea al personal laboral temporal como al personal funcionario temporal.

ELA reclama a los gobiernos que de manera urgente pongan fin a la temporalidad, que en todos los casos supera el 30%. Y es que las administraciones recurren a la contratación temporal de manera sistemática y fraudulenta para cubrir durante mucho tiempo puestos estructurales; en algunos casos, además, concatenando durante años contratos temporales, en perjuicio de las condiciones laborales y del servicio público.

En la medida en que los gobiernos no adopten las medidas que pongan fin a esta situación llamamos a las trabajadoras y trabajadores que sufran estas consecuencias a presentar las reclamaciones y recursos correspondientes, y a participar en las movilizaciones que hemos emprendido ya en diversos sectores.

Euskal Herria, 11 de julio de 2017

2017/07/14

DECLARADA CESION ILEGAL DE TRABAJADOR EN EL AYUNTAMIENTO DE BERMEO.

Y ya son cinco las sentencias.

DECLARADA CESION ILEGAL DE TRABAJADOR EN EL AYUNTAMIENTO DE BERMEO.

Como continuación al post publicado el pasado 24 de abril.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha desestimado mediante sentencia nº 1566/2017 de fecha 4 de Julio de 2017, el recurso municipal interpuesto contra la sentencia que el pasado 11 de Abril de 2017 el Juzgado nº1 de lo Social de Bilbao declaraba la cesión ilegal del trabajador por infracción del art. 43 del Estatuto de los Trabajadores.

Y una vez más nos han dado la razón. Y ya van cinco este año. El Ayuntamiento de Bermeo es el único que tropieza tantas veces en la misma piedra.

Ante la evidencia, el Ayuntamiento debería revisar su política y su asesoramiento en temas laborales. A las pruebas nos remitimos.

Tal y como venimos denunciando, nos reiteramos en denunciar que:

Durante este año ya van cinco sentencias condenatorias, en su nefasta gestión de los recursos humanos en el Ayuntamiento de Bermeo y sus Organismos Autónomos.
Insisten en su posiciónes, sin fundamento; sin justificación, se resisten a estudiar los recursos que se les presentan; dejan pasar los plazos sin resolver (silencio administrativo), para luego perder los juicios una y otra vez, incluso aceptando en sede judicial lo que antes no resolvió. Un sin sentido.

Mientras tanto, se está perjudicando a trabajadores y a sus familias y se están despilfarrando ingentes cantidades de dinero público en minutas de abogados externos y procuradores. Un dinero de todos los Bermeanos que bien podría destinarse a otros fines de interés general.

Desde ELA volvemos una vez más, a denunciar este línea de actuación del Ayuntamiento y exigimos al equipo de gobierno de BILDU y a la Alcaldesa Idurre Bideguren, que dejen de jugar con el dinero público malgastandolo de esta manera en abogados, procuradores y procesos inútiles que no hacen más que perjudicar a los trabajadores retrasando lo inevitable. El despilfarro, la sangría es evidente para las arcas públicas.

Exigimos al Ayuntamiento de Bermeo la inmediata readmisión de este trabajador.



Seguiremos informando

2017/06/01

Publicada la Relación de Puestos de Trabajo del Ayto. Bermeo y sus OO.AA

Con fecha 31-05-2017 el Boletin Oficial de Bizkaia ha publicado el anuncio de las RPT del Ayto. Bermeo y sus OO.AA.

Al tiempo, seguimos sin recibir respuesta al recurso de alzada presentado ante el Pleno Municipal y que anunciamos en el post anterior.

En caso de que el Ayto. Bermeo insista en esta linea de actuacion, presentaremos recurso Contencioso-Administrativo en relacion a los puestos estructurales que a día de hoy continuan sin aparecer en dichas relaciones de puestos.

#Prekarietatearistop

2017/05/04

Presentado recurso de reposición al acuerdo plenario del 8 de marzo por el que se aprueban las RPTs

Con fecha de hoy ha sido presentado el recurso de reposicion contra el acuerdo de aprobacion de las RPTs del Ayto Bermeo y sus OO.AA. El acuerdo plenario data del 8-03-2017.

La razón principal es la negativa a incluir todos los puestos de trabajo estructurales. Nos referimos a todos los trabajadores cuyos contratos temporales no lo son en realidad, por diferentes causas, y que sin embargo no tienen asignado un puesto de trabajo en la estructura municipal.
Esta es nuestra hoja de ruta:
- estudio contratacion laboral ✔️ 
- informe situacion y solicitud de fijeza✔️
- denuncia colectiva ante la inspeccion de trabajo ✔️
- denuncias individuales ante la jurisdiccion social✔️
- Recurso reposicion para la Inclusion de todos los puestos estructurales en las RPTs.✔️
- denuncia ante la jurisdiccion contencioso administrativa.
- consolidacion del empleo temporal a traves de OEPs
- Fin de la precariedad.

Tal y como se puede ver en anteriores posts, el plan se va cumpliendo por etapas. 
Lo ideal hubiera sido saltar del segundo al ultimo paso, pero sin causa ni motivo aparente, eso no ha sido posible.

Seguiremos informando

DECLARADO INDEFINIDO NO FIJO A JORNADA PARCIAL

Y van cuatro:

Esta vez se trata de un trabajador del Patronato de Deportes de Bermeo.

A la solicitud de la declaración de Laboral Indefinido No Fijo hasta la cobertura de vacante, el Patronato respondió reconociendole la condición de Fijo Discontinuo, lo cual no corresponde ni con la solicitud presentada por el trabajador, ni con la figura legal correspondiente a la situación de este trabajador.

Conclusión: Los juzgados de lo Social han declarado la condición de INDEFINIDO NO FIJO en jornada parcial a este trabajador.

Y con esta ya son cuatro las sentencias relacionadas con la situación laboral de distintos trabajadores del Ayto. Bermeo y sus OO.AA.

Desde aquí reiteramos nuestro llamamiento a la cordura y contra el despilfarro del erario público.

A la vista de todas estas sentencia y de las que están por llegar, podemos afirmar que la inseguridad jurídica en el ayuntamiento es innegable en lo que respecta a su actuación como empleador. A las pruebas nos remitimos.

Una vez más, requerimos al Ayuntamiento de Bermeo y a su Alcaldía para que reconsideren sus posiciones y revisen, de conformidad con la legislación vigente, la situación de toda su plantilla, reconduciendo todas aquellas actuaciones que como empleador han derivado en abuso de la temporalidad y en  precariedad laboral.

#Prekarietateari Stop

2017/04/24

CESION ILEGAL en el Ayuntamiento de Bermeo

Y van tres:

El juzgado de lo Social nº 1 de Bilbao nos ha dado la razón en la sentencia 121/2017 con fecha 11 de Abril de 2017.

Tal y como venimos reiterando, ha existido una cesión ilegal de trabajador en el departamento de informática del Ayuntamiento de Bermeo.

Según ratifica la sentencia, la causa de la cesión ilegal  ha quedado probada; art. 43 del ET.

El trabajador tiene derecho a elegir entre integrarse en la plantilla del Ayuntamiento (cesionaria) o permanecer en la empresa cedente. En caso de elegir al Ayuntamiento, pasaría a forma parte del grupo de trabajadores INDEFINIDOS NO FIJOS hasta cobertura de vacante.

Queremos incidir en que este año ya van tres sentencias condenatorias contra el Ayuntamiento de Bermeo, en su nefasta gestión de los recursos humanos en el Ayuntamiento de Bermeo y sus Organismos Autónomos. No entendemos la cerrazón a estudiar los recursos que se les presentan; dejan pasar los plazos para su estudio sin realizar ningún tipo de informe jurídico previo, para luego perder los juicios una y otra vez. Mientras tanto, se está perjudicando a trabajadores y a sus familias y se están desembolsando ingentes cantidades de dinero público en minutas de abogados y procuradores. Un dinero de todos malgastado reiteradamente como estamos viendo. Un dinero que bien podría destinarse a otros menesteres de interés general.

Desde ELA queremos denunciar este línea de actuación del Ayuntamiento de Bermeo y exigimos al equipo de gobierno de BILDU y a la Alcaldesa Idurre Bideguren, que dejen de jugar con el dinero público malgastandolo de esta manera en abogados procuradores y recursos inútiles que no hacen más que perjudicar a los trabajadores y mermar las arcas públicas.

Exigimos al Patronato y al Ayuntamiento que desista de esta línea de actuación que viene siendo habitual en los últimos tiempos.



OSASUN PATRONATO: SEGUNDO TRABAJADOR DECLARADO INDEFINIDO NO FIJO

Y otra más:

El juzgado de lo Social nº 10 de Bilbao nos ha dado la razón en la sentencia 93/2017 con fecha 27 de febrero de 2017. Tan solo 20 días después de la sentencia anterior y por el mismo tema: el abuso de la contratación temporal en el PATRONATO DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL del Ayuntamiento de Bermeo.

Tal y como venimos reiterando, 

Los contratos temporales tienen un límite temporal y además, es contrario a la ley utilizar contratos temporales para cubrir puestos estructurales.

Según ratifica la sentencia, ha existido abuso en la utilización de la contratación temporal de esta trabajadora, con una concatenación de contratos temporales no ajustada a derecho.

Este trabajador ha sido declarado INDEFINIDO NO FIJO hasta cobertura de plaza.

Tal y como venimos anunciando hace ya más de un año, continuaremos trabajando por la estabilidad en el empleo.

Seguiremos informando.


2017/03/06

OSASUN PATRONATO- TRABAJADOR DECLARADO INDEFINIDO NO FIJO

De nuevo otra vez, nos han dado la razón.

El juzgado de lo Social nº 6 de Bilbao nos ha dado la razón en la sentencia 49/2017 con fecha 7 de febrero de 2017. 
Tal y como venimos reiterando, 

Un contrato de interinidad no puede quedar referido a un trabajador que no resulta titular de la plaza interinada; es decir, un trabajador temporal no tiene derecho a reserva de puesto de trabajo al no ser fijo en la plaza interinada.
Según ratifica la sentencia, la causa de interinidad alude a una persona que no ostentaba derechos de esta naturaleza, por lo que el contrato  (de interinidad) habrá de tenerse por indefinido; art. 15.1.c) y art.3 del ET.

Este asunto en concreto de nuevo ha dejado al descubierto la discriminación sindical que se viene produciendo en el Patronato de Salud y Bienestar Social de Bermeo, donde se vienen dando un trato diferenciado a los trabajadores según pertenezcan por afiliación a determinado sindicato o no. En este caso, el Patronato ha hecho beneficiario a un trabajador, de un derecho no contemplado en la ley pero que afecta a un tercero que ve conculcado su derecho a ser reconocido como laboral indefinido no fijo al igual que el anterior. Una discriminación fuera de lugar.

En esta sentencia se ha retratado cada parte, y han sido los juzgados los que han puesto a cada uno en su sitio tal y como no podía ser de otro modo.

Desde aquí, denunciamos hechos como estos, en los que unos trabajadores son declarados beneficiarios de derechos que corresponden a otros, generando agravios comparativos sin parangón en ningún estamento público ni privado. 

Exigimos al Patronato y al Ayuntamiento que desista de esta línea de actuación que viene siendo habitual en los últimos tiempos.






2017/02/22

RESULTADO MESA DE NEGOCIACION 2016: SIN ACUERDO.

Tras la última reunión de la mesa de negociación colectiva del Ayto. Bermeo y sus OOAA, venimos a informar de lo que han dado de sí dichas negociaciones:

Por temas:

-CONVENIO UDALHITZ .- El grupo en el gobierno BILDU continua sin poner sobre la mesa ninguna propuesta de recuperación del poder adquisitivo perdido en los ultimos años.

ELA ha presentado esta semana un documento donde solicita información sobre el nivel de cumplimiento del UDALHITZ 2008-2010 al igual que ha hecho EUDEL a través de una circular.

Aún no ha procedido a cotizar frente a ELKARKIDETZA las aportaciones que suspendió la institución a lo largo del 2013, aún cuando otros ayuntamientos ya lo han hecho.

El planteamiento de EUDEL de noviembre 2015, para la aplicación de un 0,6% + 1% para el 2016, fue presentado desnaturalizado en la mesa de negociación y tras ir mutando de una reunión a otra, el 0,6% se ha quedado en nada, puro humo.Y el 1% no ha sido aplicado en su totalidad hasta diciembre y concretamente en el Patronato de Salud no se ha aplicado en un par de complementos en nomina. Resumiendo: el incremento retributivo obligatorio se ha aplicado tarde y mal.


- ESTABILIDAD EN EL EMPLEO.- ELA ha presentado sus estudios sobre la contratación temporal en la Mesa de Negociación, tanto del Ayuntamiento como de sus Organismos Autónomos.

La interinidad está por encima del 50%. Solo en el Patronato de Salud está por encima del 90%.

La contratación temporal: Se ha confirmado una infracción sistemática de los contratos temporales en el Ayto y sus OOAA con una superación de los límites legales de temporalidad reiterada.

Se ha solicitado el reconocimiento de la condición de INDEFINIDO NO FIJO a todo trabajador en esas condiciones, por tratarse de puestos estructurales y no temporales.

Se ha solicitado la creación de puestos en la Relación de Puestos de Trabajo para esos trabajadores indefinidos no fijos, por tratarse de plazas y puestos estructurales,

Se ha solicitado a la institución,  la conversión de los códigos de contrato ante la Seguridad Social, pasando de temporal a indefinido. Se recuerda que los trabajadores con contrato temporal no tienen acceso a los prestamos hipotecarios ni a la tarjeta sanitaria europea por ejemplo, con todo lo que eso conlleva.

A día de hoy no hemos recibido respuesta oficial a los escritos presentados vía registro general. Por otro lado, la institución ha adoptado acuerdos puntuales cuyo criterio dista mucho de la imparcialidad. Por ejemplo, en el Patronato de Salud, ha cambiado ante la Seguridad Social la codificación de contratos (de temporal a indefinido), solo a 14 trabajadores de un total de 55 trabajadores en estado precario). A día de hoy  no han dado explicación ante tal discriminación. Tan solo ha reconocido la condición de indefinido no fijo a un puñado de trabajadores relegando al resto a la vía jurisdiccional.

Mientras tanto, los trabajadores discriminados van acudiendo a la jurisdicción social. Las primeras sentencias ya van saliendo reconociendo lo que la institución no reconoce: la condición de INDEFINIDO NO FIJO.

En general, No se han creado plazas en RPT en relación a las plazas en situación irregular, aún siendo reconocidas como INDEFINIDAS NO FIJAS en algunos casos por la propia entidad.

La negociación se ha cerrado sin acuerdo en relación a estos temas.

No hay recuperación salarial y no hay estabilidad en el empleo:
Las RPT van a ser aprobadas en el próximo pleno municipal junto con los presupuestos para el 2017, sin ningún cambio en los OOAA e insuficientes actualizaciones en el Ayuntamiento.


Seguiremos informando


2016/11/30

VAMOS A PARAR LA PRECARIEDAD!!!!

Si eres trabajador laboral temporal (ámbito publico y también privado), o tienes nombramiento de funcionario interino (administración pública), esta información es para tí.:
Pincha aqui para ver hoja informativa 1
Pincha aqui para ver hoja informativa 2
Pincha aqui para descargar hoja de inicio de reclamaciones

En estos enlaces tienes la información necesaria para iniciar el proceso de estudio de cada situación. Contacta con tu delegado.

Europako epaitegiek emandako sentenzia ezberdinek adierazten dute, administrazioko bitarteko langileek, laboralek daukaten antzeko babesa izan behar dutela 

Europatik datozen sententzia ezberdinek (hauen artean ELAk irabazitako bat), administrazioko kontratazio sisteman iraultza ekarriko dute.

Sententzia hauek, ELAk aspaldian egiten duen irakurketa babestu besterik ez dute egiten, izan ere, aspaldidanik salatzen ari gara udal eta foru administrazioan enpleguan dagoen egoera prekarioa, non %35etik gorako behin behinekotasun tasak dauden.

Sententzia hauek adierazten dute, funtzionarioek, langile laboralek daukaten babes juridiko antzerakoa izan behar dutela. Langile laboralek, 24 hilabete baino gutxiagoko ordezkatze kontratuetan eta errelebo
kontratuetan salbu, babes bikoitza daukate. Alde batetik, kontratua bukatzean, indemnizazio eskubidea daukate (egoeraren arabera, lan egindako urte bakoitzeko 12 eta 33 egun bitartean). Bestalde, behin behineko kontratua iruzurrean dagoela ezartzen bada, kontratu hori “indefinido no fijo” bilakatzen da. Hau da, lanpostu hori behin betiko langile batek okupatu arteko indefinido. Baina, gainera,
indemnizazio eskubidea eduki dezake. 

Udaletxe eta Foru Aldundietan, funtzionarioen milaka kontratu daude bai “acumulacion de tareas”, “interinidad” edo ordezkatze kontzeptuekin, 24 hiilabete baino gehiago irauten dutenak. Langile guzti hauek, langile laboralek daukaten antzeko babesa izateko eskubidea daukate.

Hau da, udal eta foru administrazioko funtzionarioek ere, enplegua egonkortzeko eskubidea daukate eta kontratua eteteko garaian, indemnizaziorako eskubidea eduki dezakete.

Orain, epaitegiek zehaztu egin behar dute babes honek zertan datzan, baina hau gertatu arte, bitarteko langileen goian aipaturiko kontratu etete guztiak errekurritu behar dira.
Beraz, bitarteko langilea bazara, prest egon kontratua eteten den momentuan errekurritu ahal izateko. ELAk, gure zerbitzu juridikoak, egoera honetan dauden (edo egon daitezken) afiliatu guztientzako prest dauzka.

ELAk, mobilizatzen jarraituko du egoera honi buelta emateko eta udaletxe eta Foru Aldundiei exijitzen diegu egoera honi irtenbidea aurkitu eta enplegua egonkortzeko negoziazio mahaiak zabaldu ditzatela.

MOBILIZATU ETA ERREKURRITU ELAREKIN!
Euskal Herrian, 2016ko azaroa.

Diferentes sentencias europeas establecen que el personal interino de la administración debe tener protección similar al del personal laboral.

Diferentes sentencias europeas (entre ellas una ganada por ELA) van a revolucionar el sistema de contratación en la administración.
Estas sentencias no hacen más que avalar la lectura de ELA que desde hace tiempo está denunciando la precaria situación del empleo en la administración local y foral, donde la interinidad rebasa el 35%.
Estas sentencias establecen que el personal estatutario y funcionario debe tener una protección jurídica pareja a la del personal laboral.

El personal laboral, salvo en el caso de contratos de sustitución con duración inferior a 24 meses o contratos de relevo, tienen una doble protección.

Por un lado, tienen derecho a una indemnización (de 12 a 33 días por año trabajado) cuando cesa el contrato. Por otro, en caso de que se declare el contrato temporal fraudulento, porque no responde a una causa real, se declarará indefinido no fijo, es decir, interino que solo podrá cesar cuando se cubra la plaza por un fijo. Pero, además, puede conllevar derecho a indemnización.

En los ayuntamientos y Diputaciones hay miles de contratos de funcionarios por acumulación de tareas, interinidades o sustituciones que duran más de 24 meses, todas estas personas tienen derecho a una protección similar a la de los laborales. Es decir que también los/as funcionarios/as en la administración, deben de tener derecho a estabilizar su empleo y pueden tener derecho a una indemnización a la hora
del cese.
Ahora nuestros tribunales deberán fijar cómo se concreta esa protección, pero mientras tanto, hay que recurrir todos los ceses de contrato señalados de trabajadores/as interinos/as.

Por lo que si eres interino/a prepárate, para recurrir en el momento que se produzca el cese. 

Desde ELA ponemos nuestros servicios jurídicos a disposición de todos/as los/as afiliados/as que se encuentren (o se puedan encontrar) en esta situacion.
ELA seguirá movilizándose para darle la vuelta a esta situación y exige a los ayuntamientos y Diputaciones a que abran mesas de negociación para abordar esta cuestión y estabilizar el empleo.

¡MOVILIZATE Y RECURRE CON ELA!
Euskal Herrian, 2016-noviembre

2016/11/16

DENUNCIA POR COACCIONES EN EL AMBITO LABORAL: ¿QUE PASA EN EL PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL DE BERMEO?


Nuestra compañera y delegada en el Patronato Municipal de Bienestar Social de Bermeo ha sufrido un ataque de ansiedad a raíz de lo acontecido en las dependencias administrativas de la Residencia Municipal Sancti Spiritus el pasado viernes 11 de noviembre de 2016.

Lo que debía ser una reunión de trabajo, con la Asistente Social encargada del SAD (Servicio Ayuda a Domicilio) en un momento dado pierde ese sentido y estando presente el Gerente de Patronato, es cuando nuestra compañera y delegada llama a otros delegados para que se personen en dichas dependencias. Si bien aún está por aclarar lo sucedido allí, bien es cierto que algo inapropiado ha sucedido.

No es la primera vez que esta compañera asiste a reuniones acompañada de otros delegados de su sindicato. En este caso, refiere coacciones cuando expresa su deseo de llamar a otra Delegada. Se ha interpuesto la correspondiente denuncia en la Ertzaintza al respecto.

Esta compañera está ahora mismo de baja médica por proceso de ansiedad a raíz de lo que hubiera acontecido en esas dependencias, y que aún está por aclarar.

Señora Alcaldesa:

El pasado 11 de noviembre de 2016, viernes, sucedió algo en las oficinas administrativas de la Residencia Sancti Spiritus de Bermeo estando presentes el Gerente de Patronato, la Asistente Social encargada del SAD y nuestra compañera y delegada de ELA. Lo acontecido debe ser aclarado lo antes posible, para ello exigimos la apertura del protocolo anti acoso laboral sin dilación.

Situaciones como las vividas no pueden permitirse en dependencias municipales en pleno siglo XXI.

Desde aquí, en nombre de toda la afiliación a la que representamos, queremos trasladar a nuestra compañera y delegada así como a toda su familia el apoyo de la Sección Sindical de ELA en el Ayuntamiento de Bermeo

Animamos a todo trabajador que se haya sentido víctima de acoso laboral, que denuncie la situación.

LA SECCION SINDICAL DE ELA EN EL AYTO. BERMEO.

En Bermeo a 16 de noviembre de 2016

2016/07/20

TODO NO VALE SEÑORES DE BILDU.

Ayer se celebró la 5ª reunion de la Mesa de Negociación Colectiva del Ayto. Bermeo y sus OOAA.


Desde aquí queremos denunciar la utilización de la Mesa de Negociación, interesada y desvirtuadora que está haciendo BILDU y su presidente el Sr. Agirre.

Han desvirtuado la mesa de negociación colectiva, desviando la atención de su falta de propuestas sobre lo que se les demanda. En su lugar han incluido en el orden del día las “notas informativas de ELA” para hablar de lo que no toca.

A este respecto, le han dedicado más de media hora a este punto cuando con solo cinco minutos podrían haber presentado una propuesta con contenidos y ponernos manos a la obra en los temas que sí son del interés de los trabajadores.

Pedimos a BILDU que no se tomen la mesa de negociación a cachondeo. No estamos para perder el tiempo. Seamos serios señores!
La mesa está para debatir propuestas no para sus divagaciones con no se sabe qué objetivos.

El hecho de desvirtuar la mesa de negociación e intentar desacreditar a los delegados de ELA, nos parece un total desconocimiento y una falta de respeto hacia la negociación colectiva, hacia la representación sindical y hacia los trabajadores municipales a los que representamos, y lo denunciamos públicamente.

Desde ELA reiteramos nuestra disposición a la negociación colectiva, pero con contenidos que nos interesan a todos los y las trabajadoras municipales. Nuestro objetivo es y será la defensa de esos intereses, los de los trabajadores.

Estos intereses están contrapuestos con los del equipo de Gobierno de turno. Pero eso no les da derecho a desprestigiar a los delegados y lo denunciamos desde aquí. TODO NO VALE, Señores de BILDU.

Emplazamos a BILDU y a cualquier otro que quisiera aclaración sobre algún punto de nuestras notas informativas, se reúna con nosotros dejando de lado la mesa de negociación que no está para eso.

De nuevo, animamos a los trabajadores municipales a movilizarse en la defensa de sus intereses y emplazamos al resto de sindicatos en este sentido, en aras a mejorar las condiciones laborales de los y las trabajadoras.


Seguiremos informando.